“Con el Bautismo y la Eucaristía, el sacramento de la Confirmación constituye el conjunto de los «sacramentos de la iniciación cristiana», cuya unidad debe ser salvaguardada. La recepción del sacramento de la Confirmación es necesaria para la plenitud de la gracia bautismal (cf Ritual de la Confirmación, Prenotandos 1). En efecto, a los bautizados «el sacramento de la Confirmación los une más íntimamente a la Iglesia y los enriquece con una fortaleza especial del Espíritu Santo. De esta forma quedan obligados aún más, como auténticos testigos de Cristo, a extender y defender la fe con sus palabras y sus obras» (LG 11; cf Ritual de la Confirmación, Praenotandos 2)”
¿Cómo hay que prepararse para la recepción fructuosa del Sacramento de la Confirmación?
“La preparación para la Confirmación debe tener como meta conducir al cristiano a una unión más íntima con Cristo, a una familiaridad más viva con el Espíritu Santo, su acción, sus dones y sus llamadas, a fin de poder asumir mejor las responsabilidades apostólicas de la vida cristiana. Por ello, la catequesis de la Confirmación se esforzará por suscitar el sentido de la pertenencia a la Iglesia de Jesucristo, tanto a la Iglesia universal como a la comunidad parroquial. Esta última tiene una responsabilidad particular en la preparación de los confirmandos (cf Ritual de la Confirmación, Praenotandos 3).”
Para recibir el Sacramento de la Confirmación en nuestra parroquia se ofrecen dos vías:
- En edades comprendidas entre los 10 y 18 años (de 5º E.P. a 2º Bachillerato), la preparación para recibir el Sacramento estaría vinculada a los procesos catequéticos de Edge y Lifeteen. Entrando en los mismos y en una duración no menor a 3 cursos, -como indica la Archidiócesis de Madrid-, podrían recibir el Sacramento.
- A partir de los 18 años, la preparación para recibir el Sacramento, -al igual que el Bautismo o la primera comunión si aún no se hubieran recibido-, se realizaría en el proceso del Catecumenado de Adultos.
¿Qué requisito se pide para recibir la Confirmación?
«Todo bautizado, aún no confirmado, puede y debe recibir el sacramento de la Confirmación» (cf CIC can. 889, 1). Puesto que Bautismo, Confirmación y Eucaristía forman una unidad, de ahí se sigue que «los fieles tienen la obligación de recibir este sacramento en tiempo oportuno» (CIC, can. 890), porque sin la Confirmación y la Eucaristía, el sacramento del Bautismo es ciertamente válido y eficaz, pero la iniciación cristiana queda incompleta.
Para recibir la Confirmación es preciso hallarse en estado de gracia. Conviene recurrir al sacramento de la Penitencia para ser purificado en atención al don del Espíritu Santo. «Hay que prepararse con una oración más intensa para recibir con docilidad y disponibilidad la fuerza y las gracias del Espíritu Santo» (cf Hch 1,14).
¿Quién es el ministro de la Confirmación?
«En el rito latino, el ministro ordinario de la Conformación es el obispo» (CIC can. 882). Los obispos son los sucesores de los Apóstoles y han recibido la plenitud del sacramento del orden. Por esta razón, la administración de este sacramento por ellos mismos pone de relieve que la Confirmación tiene como efecto unir a los que la reciben más estrechamente a la Iglesia, a sus orígenes apostólicos y a su misión de dar testimonio de Cristo. Puede confirmar personalmente, enviando a un Obispo auxiliar, o a través de sus Vicarios episcopales
Esto implicar que las fechas de las celebraciones dependen de las agendas de los obispos o de los vicarios episcopales que son los que pueden administrar de modo ordinario este sacramento.
¿Qué efectos tiene el sacramento de la Confirmación?
De la celebración se deduce que el efecto del sacramento de la Confirmación es la efusión especial del Espíritu Santo, como fue concedida en otro tiempo a los Apóstoles el día de Pentecostés. Por este hecho, la Confirmación confiere crecimiento y profundidad a la gracia bautismal:
- nos introduce más profundamente en la filiación divina que nos hace decir «Abbá, Padre» (Rm 8,15).;
- nos une más firmemente a Cristo;
- aumenta en nosotros los dones del Espíritu Santo;
- «hace más perfecto nuestro vínculo con la Iglesia» (cf LG 11);
- «nos concede una fuerza especial del Espíritu Santo para difundir y defender la fe mediante la palabra y las obras como verdaderos testigos de Cristo, para confesar valientemente el nombre de Cristo y para no sentir jamás vergüenza de la cruz» (cf DS 1319; LG 11,12):
«Recuerda, pues, que has recibido el signo espiritual, el Espíritu de sabiduría e inteligencia, el Espíritu de consejo y de fortaleza, el Espíritu de conocimiento y de piedad, el Espíritu de temor santo, y guarda lo que has recibido. Dios Padre te ha marcado con su signo, Cristo Señor te ha confirmado y ha puesto en tu corazón la prenda del Espíritu» (San Ambrosio, De mysteriis 7,42).
La Confirmación, como el Bautismo del que es la plenitud, sólo se da una vez. La Confirmación, en efecto, imprime en el alma una marca espiritual indeleble, el «carácter» (cf DS 1609), que es el signo de que Jesucristo ha marcado al cristiano con el sello de su Espíritu revistiéndolo de la fuerza de lo alto para que sea su testigo (cf Lc 24,48-49). El «carácter» perfecciona el sacerdocio común de los fieles, recibido en el Bautismo, y «el confirmado recibe el poder de confesar la fe de Cristo públicamente, y como en virtud de un cargo (quasi ex officio)» (Santo Tomás de Aquino, Summa theologiae 3, q.72, a. 5, ad 2).
¿Deseas recibir el Sacramento de la Confirmación en la parroquia?
Para poder incorporaros a la vía que corresponde según vuestra edad, podéis acudir al despacho parroquial a informaros, -o enviar un correo electrónico-, para que os dirijamos al itinerario adecuado. La información de ambos itinerarios está en esta misma web.
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